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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 257877
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXXXI, Primera Parte; Pág. 66
DELITOS CONTRA FUNCIONARIOS FEDERALES QUE NO SE ENCUENTRAN EN SERVICIO, COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DEL ORDEN COMUN PARA CONOCER DE.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXXXI, Primera Parte; Pág. 66
El inciso g) de la fracción I del artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, previene que es delito del orden federal el cometido en contra de un funcionario o empleado federal, en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, por lo que si no se comprueba el carácter federal del ofendido, por no exhibirse su nombramiento; y aun en el caso de admitir que sí lo tenía, cuando pasaron los hechos de que se quejó, no estaba en servicio, pues así lo dijo claramente en su declaración ante el Juez, el caso no queda comprendido en la disposición legal citada, ni en ninguno otro de los incisos de la fracción I del citado artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que dan competencia a las autoridades federales; y, por lo mismo, debe conocer de la causa el Juez de orden común.
Precedentes
Competencia 51/63. Suscitada entre el Juez Mixto de Primera Instancia de Putla, Oaxaca y el Juez de Distrito en el Estado de Oaxaca. 10 de marzo de 1964. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Angel González de la Vega.