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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
257894
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXXVI, Primera Parte; Pág. 10

COMPETENCIA, USO DE LOS MEDIOS PARA PROMOVERLA.

[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXXVI, Primera Parte; Pág. 10

Precedentes

Competencia 7/60. Suscitada entre el Juez Segundo de lo Civil de Puebla y el Juez de Primera Instancia de Tula de Allende, Hidalgo. 8 de octubre de 1963. Unanimidad de veinte votos. Ponente: Mario. G. Rebolledo Fernández. Sexta Epoca, Primera Parte: Volumen XXX, página 133. Competencia 35/58. Suscitada entre Juzgado Cuarto de lo Civil de México, Distrito Federal y de Primera Instancia de Tlaquepaque de Guadalajara, Jalisco. 8 de diciembre de 1959. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: Esta tesis también aparece relacionada con la jurisprudencia 40, Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Novena Parte, página 66.
Registro digital (IUS): 257894