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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 257948
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXVIII, Primera Parte; Pág. 16
EMPRESAS QUE OPERAN BAJO CONTRATO O CONCESION FEDERAL. COMPETENCIA LABORAL.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXVIII, Primera Parte; Pág. 16
Si de autos no aparece constancia alguna que acredite que la empresa demandada en juicio laboral actuaba en virtud de un contrato o concesión federal, pues aunque la Junta dice que indudablemente existía la concesión federal por tratarse de obras efectuadas en diversas entidades federativas, en el expediente no aparece constancia alguna de que efectivamente haya existido esa concesión, como la Suprema Corte de Justicia ha considerado que la jurisdicción ordinaria es la regla general, y que sólo cuando se comprendan fehacientemente los casos en las excepciones que señala la fracción XXXI del artículo 123 constitucional, se surte el fuero federal, no estando el caso comprendido en dicha fracción, la competencia corresponde a las autoridades del trabajo del orden común.
Precedentes
Competencia 32/61. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje en Puebla, Puebla y la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Grupo Especial Número Nueve. 26 de febrero de 1963. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.