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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 257958
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXVII, Primera Parte; Pág. 11
CONCESION FEDERAL, COMPETENCIA EN MATERIA PENAL CUANDO NO EXISTEN PRUEBAS QUE JUSTIFIQUEN QUE UNA EMPRESA OPERA POR.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LXVII, Primera Parte; Pág. 11
Si el acusado guiaba un camión de una empresa pero no hay constancia de que la misma funcionara en virtud de concesión federal, aunque pueda presumirse esa circunstancia, por tratarse de una línea de camiones que transporta pasajeros de una entidad a otra, y además el chofer no iba desempeñando un servicio propio del funcionamiento de la empresa en la que trabajaba, pues ya llevaba el camión vacío y lo iba a encerrar, el caso no queda comprendido en el artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, fracción I, inciso h); y como tampoco queda comprendido en ninguno de los otros incisos de la citada fracción ni en el artículo 5o. de la Ley de Vías Generales de Comunicación, pues el chofer guiaba un camión que no era de la propiedad del gobierno, sino de una empresa particular, por lo que la nación no es sujeto pasivo del delito, por lo mismo no se surte la competencia federal, y debe conocer del proceso el Juez del orden común.
Precedentes
Competencia 5/62. Suscitada entre el Juez Primero Mixto de Paz de la Ciudad de México, Distrito Federal y el Juez Primero de Distrito en Materia Penal en el Distrito Federal. 8 de enero de 1963. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Juan José González Bustamante.