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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
258030
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LVII, Primera Parte; Pág. 46

VIAS GENERALES DE COMUNICACION, COMPETENCIA EN MATERIA CIVIL.

[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LVII, Primera Parte; Pág. 46

Precedentes

Competencia 118/60. Suscitada entre el Juez Primero de Primera Instancia de Tepic, Estado de de Nayarit y el Juez Primero de Distrito en Materia Civil del Distrito Federal. 27 de marzo de 1962. Mayoría de once votos. Disidentes: Felipe Tena Ramírez, Agustín Mercado Alarcón, Octavio Mendoza González, José Rivera Pérez Campos, Adalberto Padilla Ascencio, Angel Carvajal, Angel González de la Vega y Alfonso Guzmán Neyra. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Registro digital (IUS): 258030