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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
258032
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LVI, Primera Parte; Pág. 38

AMPARO CONTRA UNA LEY, DEBEN SEÑALARSE COMO RESPONSABLES LAS AUTORIDADES QUE LA EXPIDIERON Y PROMULGARON.

[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LVI, Primera Parte; Pág. 38

Precedentes

Amparo en revisión 886/58. Operaciones e Inversiones, S.A. 28 de febrero de 1962. Mayoría de once votos. Disidentes: Juan José González Bustamante, Felipe Tena Ramírez, Octavio Mendoza González, Gabriel García Rojas, Mariano Azuela. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio.
Registro digital (IUS): 258032