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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258053
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LV, Primera Parte; Pág. 51
COMISARIADOS EJIDALES. COMPETENCIA EN DELITOS COMETIDOS POR SUS MIEMBROS.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LV, Primera Parte; Pág. 51
Esta Suprema Corte ha resultado ya en varias ejecutorias, que los miembros del comisariado ejidal no sean autoridades, y por lo mismo los delitos que ellos cometen, son del orden común, porque deben considerarse cometidos por particulares.
Precedentes
Competencia 117/60. Suscitada entre el Juez de Distrito de Durango y el Juez Primero del Ramo Penal del Distrito Judicial de Durango. 30 de enero de 1962. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Angel González de la Vega.
Sexta Epoca. Primera Parte.
Volumen XXVII, página 79. Competencia 41/57. Suscitada entre el Juez de Defensa Social de Atlixco, Puebla y el Juez Segundo de Distrito en el Estado de Puebla. 30 de septiembre de 1959. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.