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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258058
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LV, Primera Parte; Pág. 72
COOPERACION, DERECHOS DE. TERMINO PARA EL AMPARO.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LV, Primera Parte; Pág. 72
No es exacto que el quejoso hubiese tenido conocimiento de los actos reclamados cuando se iniciaron las obras que motivaron el cobro de los derechos de cooperación que se combaten, si se toma en consideración que el promovente del amparo no impugna la realización de tales obras de urbanización, que inclusive le benefician, sino que se inconforma exclusivamente con la aplicación de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal en cuanto se le considera como causante de los derechos de cooperación, y como quiera que reclama el primer acto de aplicación de la propia ley, consistente en el requerimiento de cobro de tales derechos, la impugnación es oportuna.
Precedentes
Amparo en revisión 675/53. Esteban Herrera de Anda. 30 de enero de 1962. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Mariano Azuela.