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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258069
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LIV, Primera Parte; Pág. 83
DIVIDENDOS. LEGISLACION DE EMERGENCIA. AMPARO IMPROCEDENTE.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LIV, Primera Parte; Pág. 83
Existe un motivo de sobreseimiento del juicio, en los términos de los artículos 73, fracción V, y 74, fracción III, de la ley orgánica del juicio de garantías, respecto de las disposiciones de emergencia que establecieron y reglamentaron el impuesto sobre ganancias repartibles o dividendos, si los quejosos reclaman el cobro del citado tributo por las utilidades obtenidas en los ejercicios sociales de una época en que ya no estaban en vigor las referidas disposiciones de emergencia, ya que por el decreto expedido por el Congreso de la Unión con fecha 28 de septiembre de 1945, publicado el 28 de diciembre siguiente, quedaron incorporadas a la legislación ordinaria, y por tanto, fue dicha legislación ordinaria la que se aplicó a los promoventes del amparo y no la de emergencia.
Precedentes
Amparo en revisión 5449/51. Mercantil Sepúlveda, S. A. 5 de diciembre de 1961. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Mariano Azuela.
Sexta Epoca, Primera Parte:
Volumen LIV, página 67. Amparo en revisión 1710/52. American Internacional Fuel and Petroleum Co. 5 de diciembre de 1961. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.
Volumen LIV, página 83. Amparo en revisión 4967/51/1a. Guillermo Weinstock y coagraviados. 5 de diciembre de 1961. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Mariano Azuela.