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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258133
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen L, Primera Parte; Pág. 89
COOPERACION. EL NUEVO PROPIETARIO TIENE INTERES JURIDICO PARA ACUDIR AL AMPARO.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen L, Primera Parte; Pág. 89
No obstante que la liquidación respectiva se haya formulado a nombre del anterior propietario, como de acuerdo con el artículo 417 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, los propietarios o poseedores de predios, en su caso, estarán obligados a pagar los derechos de cooperación, resulta claro que si en la fecha del cobro, el inmueble beneficiado correspondía en propiedad a la empresa quejosa, la misma debía cubrir los derechos relativos y por tanto, aunque la liquidación estuviera a nombre del propietario anterior, como se refería a un inmueble de la propia empresa, ésta resultaba afectada en sus intereses jurídicos y se encontraba legitimada, en los términos del artículo 4o. de la Ley de Amparo, para acudir al juicio de garantías.
Precedentes
Amparo en revisión 4908/52. Inmuebles Santa Teresa, S. A. 22 de agosto de 1961. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Mariano Azuela.
Nota: Esta tesis también aparece como relacionada con la jurisprudencia 15, Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Primera Parte, página 44.