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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258231
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XLIII, Primera Parte; Pág. 168
FERROCARRILEROS, DELITOS COMETIDOS POR LOS. COMPETENCIA.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XLIII, Primera Parte; Pág. 168
Si el delito cometido por un ferrocarrilero no afecta la seguridad o integridad de las obras o contra la explotación de las vías, ni lo fue con motivo del funcionamiento de sus servicios o en menoscabo de los derechos o bienes de los ferrocarriles, no pueden atribuirse a tal delito el carácter federal, por no quedar comprendido en el artículo 5o., de la Ley de Vías Generales de Comunicación, ni en el inciso h) de la fracción I, del artículo 41, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y en estas circunstancias, debe fundarse la competencia a favor del Juez del orden común.
Precedentes
Competencia 49/59. Suscitada entre el Juez Segundo de Primera Instancia del Ramo Penal en Torreón, Estado de Coahuila y el Juez de Distrito en la Laguna en Torreón, Coahuila. 25 de enero de 1961. Mayoría de diecisiete votos. Disidente: José Rivera Pérez Campos. Ponente: Carlos Franco Sodi.
Nota: Esta tesis también aparece como relacionada con la jurisprudencia 31, Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Novena Parte, página 55.