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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258243
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XLIII, Primera Parte; Pág. 268
TIERRAS, CONFLICTOS DE.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XLIII, Primera Parte; Pág. 268
Si las dos partes contendientes en el conflicto de tierras no comprueban los derechos que aisladamente les asisten, resulta congruente la proposición del C. Presidente, que actuó como árbitro, al establecer que con los documentos presentados por las partes no se llega a evidenciar de una manera clara y rotunda los derechos alegados por cada una de ellas.
Precedentes
Juicio de inconformidad 1/46. Poblado de San Miguel, Estado de México. 25 de enero de 1961. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Franco Carreño.