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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258264
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XLI, Primera Parte; Pág. 197
EXPROPIACION, AMPARO PROCEDENTE EN CASOS DE.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XLI, Primera Parte; Pág. 197
No es correcta la aseveración del juzgador, en cuanto considera que la Ley de Expropiación no afecta los intereses jurídicos del quejoso, porque no se comprobó en autos que el predio en disputa hubiese quedado comprendido en los terrenos expropiados, ni tampoco lo es la de que sea necesaria la prueba pericial para determinar la afectación del predio por causa de la propia expropiación, si se toma en cuenta que el decreto expropiatorio no contiene una delimitación precisa de cada uno de los terrenos expropiados, sino que exclusivamente se citan las zonas catastrales relativas.
Precedentes
Amparo en revisión 1671/60. Ambrosio Guerrero Gastélum. 15 de noviembre de 1960. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: José Castro Estrada.