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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
258270
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LI, Primera Parte; Pág. 108

REFRENDO. FALTA DE CONCEPTOS DE VIOLACION.

[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen LI, Primera Parte; Pág. 108

Precedentes

Amparo en revisión 3168/60. Condominio Insurgentes, S. A. 26 de septiembre de 1961. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio. Sexta Epoca, Primera Parte: Volumen XLI, página 221. Amparo en revisión 7316/56. Bienes Raíces Carmela, S. A. y coagraviada. 15 de noviembre de 1960. Mayoría de quince votos. Ponente: Angel González de la Vega. Volumen XLI, página 221. Amparo en revisión 6826/56. Inmobiliaria Panamericana, S. A. 15 de noviembre de 1960. Mayoría de quince votos. Ponente: Carlos Franco Sodi. Volumen XLI, página 221. Amparo en revisión 5386/56. Anáhuac Inmuebles, S. A. 6 de noviembre de 1960. Mayoría de catorce votos. Disidente: Octavio Mendoza González. Ponente: Carlos Franco Sodi. Nota: En el Semanario Judicial de la Federación, Volumen XLI, página 221, la tesis aparece con el rubro "REFRENDO DE LA LEY. CUANDO SON PROCEDENTES LOS CONCEPTOS DE VIOLACION.".
Registro digital (IUS): 258270