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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258300
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Primera Parte; Pág. 78
TRIBUNAL PLENO, INCOMPETENCIA DEL, EN RECURSOS DE REVISION CONTRA SENTENCIAS DE JUECES DE DISTRITO.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Primera Parte; Pág. 78
El Tribunal Pleno carece de competencia para conocer de los recursos de revisión que se hagan valer contra las sentencias de los Jueces de Distrito dictadas en los procesos de amparo en los cuales se controvierta la legítima constitucionalidad de un reglamento.
Precedentes
Amparo en revisión 7169/56. Alfonso Palafox Herrera. 3 de agosto de 1960. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Octavio Mendoza González.
Sexta Epoca, Primera Parte:
Volumen XIII, página 34. Amparo en revisión 1111/57. Luis Felipe Bustamante y coagraviados. 15 de julio de 1958. Mayoría de catorce votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota: En el Semanario Judicial de la Federación, Volumen XIII, página 34, esta tesis apareció bajo el rubro "REGLAMENTOS, COMPETENCIA PARA CONOCER DE LA REVISION EN AMPARO CONTRA LA CONSTITUCIONALIDAD DE LOS.".