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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258301
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXVII, Primera Parte; Pág. 9
ACTOS RECLAMADOS, SEÑALAMIENTO DE LOS.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXVII, Primera Parte; Pág. 9
La litis no debe quedar limitada a los términos del párrafo de la demanda titulado "actos reclamados", con exclusión de lo que aparece en otros lugares de la demanda, sino que deben tomarse en cuenta las disposiciones que en los conceptos de violación resultan tachados de inconstitucionales, aunque no figuren en el párrafo de "actos reclamados".
Precedentes
Amparo en revisión 4169/51. Sociedad Desfibradora de Henequén y coagraviados. 19 de julio de 1960. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: Octavio Mendoza González.