Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/258306
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
258306
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXVII, Primera Parte; Pág. 94

COMPETENCIA, CUANDO DEBE LA SUPREMA CORTE RESOLVER LOS CONFLICTOS SOBRE.

[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXVII, Primera Parte; Pág. 94

Precedentes

Competencia 46/54. Suscitada entre el Departamento de Economía y Hacienda del Estado de Jalisco y el Juez Segundo de Distrito en el Estado de Jalisco. 26 de julio de 1960. Mayoría de nueve votos. Disidentes: José Rivera Pérez Campos, Rodolfo Chávez Sánchez, José Castro Estrada, Gilberto Valenzuela, Rafael Matos Escobedo y Arturo Martínez Adame. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Alfonso Guzmán Neyra.
Registro digital (IUS): 258306