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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258309
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXVII, Primera Parte; Pág. 155
DIVIDENDOS. OPORTUNIDAD PARA INTERPONER EL AMPARO.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXVII, Primera Parte; Pág. 155
Aun en el supuesto de que las disposiciones que imponen el impuesto sobre dividendos debieran estimarse como de aquellas que por su promulgación afectan los intereses jurídicos de la sociedad quejosa, de cualquier manera, esta circunstancia no determina el sobreseimiento del juicio, toda vez que de acuerdo con la reforma que sufrió la fracción XII del artículo 73 de la Ley de Amparo, reforma publicada el 19 de febrero de 1951, y que si bien es posterior a la interposición de la demanda de amparo, es aplicable al caso por tratarse de una reforma de carácter procesal, no se entenderá tácitamente consentida una ley, a pesar de que siendo impugnable en amparo desde el momento de su promulgación, no se haya reclamado, sino sólo en el caso de que tampoco se haya interpuesto amparo contra el primer acto de su aplicación en relación con el quejoso.
Precedentes
Amparo en revisión 7440/47. United Shoe and Leather Co., S. A. 12 de julio de 1960. Unanimidad de quince votos. Ponente: Octavio Mendoza González.