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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258335
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXVI, Primera Parte; Pág. 74
CARRETERAS, DELITOS COMETIDOS EN LAS. COMPETENCIA.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXVI, Primera Parte; Pág. 74
La circunstancia de haber ocurrido el hecho en una carretera, no puede darle carácter federal al delito, pues sólo tiene ese carácter cuando se perjudica la seguridad o integridad del camino, lo que no sucedió en el caso.
Precedentes
Competencia penal 138/58. Suscitada entre el Juez Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Huatabampo, Estado de Sonora y el Juez Primero de Distrito en el Estado de Sonora, con residencia en Hermosillo. 21 de junio de 1960. Mayoría de once votos. Disidentes: Felipe Tena Ramírez, Manuel Rivera Silva, Octavio Mendoza González, José Rivera Pérez Campos, Rodolfo Chávez Sánchez, Mariano Azuela, José López Lira y Alfonso Guzmán Neyra. Ponente: Carlos Franco Sodi.