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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258339
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXVI, Primera Parte; Pág. 106
DIFAMACION. ARTICULOS PUBLICADOS EN UN PERIODICO. COMPETENCIA.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXVI, Primera Parte; Pág. 106
Si los hechos delictuosos imputados al acusado, por medio del artículo que se publicó en un periódico local, que estimó el ofendido lesionaban su reputación y constituían el delito de difamación del que se querelló, no se hallan comprendidos en ninguno de los incisos de la fracción I del artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, entre los que se encuentran enumerados de manera limitativa, los delitos de carácter federal, el conocimiento que dio origen a la cuestión de competencia corresponde a la autoridad judicial del fuero común que primeramente la declinó.
Precedentes
Competencia 112/58. Suscitada entre el Juez de Defensa Social de la Ciudad de Tehuacán, Puebla y el Juez Primero de Distrito en el Estado de Puebla. 21 de junio de 1960. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.