Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/258416
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258416
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXIII, Primera Parte; Pág. 106
SUPREMA CORTE. COMPETENCIA DEL PLENO.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXIII, Primera Parte; Pág. 106
La Suprema Corte de Justicia, en Pleno, es competente para conocer del recurso de revisión hecho valer contra la sentencia dictada por el Juez de Distrito en un juicio de amparo, en el cual se reclama la invasión de la esfera de la autoridad federal por parte de autoridades de un Estado.
Precedentes
Amparo en revisión 1508/59. Lucía de la Garza viuda de Cantú y coagraviado. 9 de marzo de 1960. Mayoría de doce votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.