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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258421
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXII, Primera Parte; Pág. 90
LEYES, CONSENTIMIENTO DE LAS.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXII, Primera Parte; Pág. 90
No existe la causa de improcedencia relativa en el amparo contra una ley, si no hay prueba de que el quejoso haya conocido la ley que reclama, por no haberse acreditado que se le hubiera aplicado y que hubiera dejado de impugnarla oportunamente.
Precedentes
Amparo en revisión 2741/57. Salvamentos y Remolques, S. A. 9 de febrero de 1960. Unanimidad de quince votos. Relator: Agapito Pozo