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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258426
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXI, Primera Parte; Pág. 49
COMISARIADOS DE BIENES COMUNALES. COMPETENCIA EN MATERIA PENAL.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXI, Primera Parte; Pág. 49
El artículo 353 del Código Agrario no es aplicable a las corporaciones comunales, porque refiriéndose su texto a los comités ejecutivos agrarios y a los comisariados ejidales y establecer a su cargo causas de responsabilidad, priva el principio de que éstas no pueden hacerse extensivas por analogía ni por mayoría de razón a los miembros del comisariado de bienes comunales, y en consecuencia los delitos cometidos por ellos no son de la competencia federal.
Precedentes
Competencia 138/57. Suscitada entre el Juez Mixto de Primera Instancia de Villa Alta, Estado de Oaxaca y el Juez de Distrito en el Estado de Oaxaca. 13 de enero de 1960. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota: Esta tesis también aparece como relacionada con la jurisprudencia 12, Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Novena Parte, página 23.