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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258432
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXI, Primera Parte; Pág. 139
REVISION. COMPETENCIA DEL PLENO DE LA CORTE.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXI, Primera Parte; Pág. 139
Si un recurso de revisión no se refiere a la constitucionalidad del decreto impugnado en amparo, el conocimiento del propio recurso no corresponde a la Suprema Corte de Justicia funcionando en Pleno.
Precedentes
Amparo en revisión 125/58. Antonio Sámano Galván. 5 de enero de 1960. Quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.