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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258452
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXIX, Primera Parte; Pág. 114
ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES. NATURALEZA DE LOS INGRESOS PROVENIENTES DE.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXIX, Primera Parte; Pág. 114
No es exacto que los ingresos provenientes del arrendamiento de inmuebles siempre tienen la naturaleza de frutos civiles, porque tales ingresos pueden constituir el resultado de una actividad mercantil, en los supuestos del artículo 24 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y en tales situaciones dichos ingresos tienen carácter de renta comercial y por la misma razón la disposición del artículo 149, fracción V, de la mencionada, no establece una exención tributaria, en perjuicio de los comerciantes y en beneficio de los arrendadores civiles.
Precedentes
Amparo en revisión 5258/57. La Industrial, Fábrica de Galletas y Pastas, S. A. 25 de noviembre de 1959. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.