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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258453
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXIX, Primera Parte; Pág. 115
ASESORES JURIDICOS. CARACTER DE LOS. COMPETENCIA.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXIX, Primera Parte; Pág. 115
Si el actor informa que fue designado asesor jurídico de la empresa demandada, quien le asignó un sueldo más un porcentaje, por un tiempo determinado, tal contrato de prestación de servicios reúne las características a que se refiere el artículo 17 de la Ley Federal del Trabajo para considerarlo como un verdadero contrato de trabajo y no constitutivo de un contrato de servicios profesionales o de mandato, en el que el mencionado actor hubiera aceptado desempeñar la representación legal de la empresa en los términos del artículo 2546 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales. En consecuencia, la reclamación laboral promovida concierne a las autoridades del trabajo correspondientes, y no a las judiciales.
Precedentes
Competencia 57/44. Suscitada entre la Junta Especial Número Nueve de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y el Juez Décimo Tercero de lo Civil del Partido Judicial de México, Distrito Federal. 25 de noviembre de 1959. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.