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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
258455
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XLII, Primera Parte; Pág. 9

CELULOSA, INDUSTRIA DE LA. COMPETENCIA LABORAL

[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XLII, Primera Parte; Pág. 9

Precedentes

Competencia 129/56. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Grupo Especial Número Diez y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco, Grupo Especial Número Tres. 6 de diciembre de 1960. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Gilberto Valenzuela. Sexta Epoca, Primera Parte: Volumen XXXI, página 25. Competencia 103/54. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Junta Especial Número Diez y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco, Grupo Especial Número Tres. 13 de enero de 1960. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen XXIX, página 124. Competencia 54/55. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Grupo Especial Número Diez y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco, Grupo Especial Número Tres. 18 de noviembre de 1959. Unanimidad de quince votos votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen IV, página 142. Competencia 250/52. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Grupo Especial Número Diez y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco. 29 de octubre de 1957. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Luis Díaz Infante. Volumen III, página 51. Competencia 220/52. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Grupo Especial Número Diez y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco, Grupo Especial Número Tres. 3 de septiembre de 1957. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández. Notas: En el Semanario Judicial de la Federación, Volúmenes III y IV, las tesis aparecen bajo el siguiente rubro "RECURSOS FORESTALES, CONCESIONES FEDERALES PARA LA ADQUISICION DE (COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO).". Este criterio ha integrado la jurisprudencia 53, publicada en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo V, Primera Parte, página 36, de rubro "CELULOSA, INDUSTRIA DE LA. COMPETENCIA FEDERAL EN MATERIA LABORAL.".
Registro digital (IUS): 258455