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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258463
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXIX, Primera Parte; Pág. 191
JUICIO DE INCONFORMIDAD "REENVIO".
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXIX, Primera Parte; Pág. 191
Si el estudio de las actuaciones de primera instancia y de las diligencias practicadas en el expediente respectivo de un juicio de inconformidad, ponen de manifiesto que dentro de la tramitación ante el Departamento Agrario existe multitud de acuerdos contradictorios entre sí, que parecen revelar que dicho departamento optó por no considerar resuelto el conflicto surgido entre dos poblados, debe ordenarse el reenvío del expediente comunal remitido a la Suprema Corte por dicho Departamento Agrario, con el objeto de que proceda a hacer el estudio técnico y las consideraciones del caso, concluya la secuela del procedimiento y llegue a la resolución que legalmente es procedente.
Precedentes
Juicio de inconformidad 12/56. Poblado de Santa María Magdalena Taxicaringa, Durango. 18 de noviembre de 1959. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.