Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/258468
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
258468
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXIX, Primera Parte; Pág. 214

VIAS GENERALES DE COMUNICACION. COMPETENCIA PENAL. ROBO.

[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXIX, Primera Parte; Pág. 214

Precedentes

Competencia 84/59. Suscitada entre el Juez Segundo de Distrito en el Estado de Jalisco y el Juez de Primera Instancia de Encarnación de Díaz, Estado de Jalisco. 18 de noviembre de 1959. Mayoría de quince votos. Disidentes: Franco Carreño, Agustín Mercado Alarcón y Juan José González Bustamante. Engrose: Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 258468