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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258474
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXVIII, Primera Parte; Pág. 58
FIBRAS SINTETICAS. COMPETENCIA EN MATERIA LABORAL.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXVIII, Primera Parte; Pág. 58
Comprobado que una industria sólo labora productos de celulosa químicamente preparados, que la fabricación de la celulosa no pertenece a la industria textil, y que el contrato colectivo de trabajo celebrado entre la mencionada empresa y el sindicato de trabajadores de la misma, quedó depositado en la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado respectivo, así como el reglamento interior del trabajo celebrado entre empresa y sindicato, eso indica que las relaciones obrero patronales de tal empresa se rigen por los tribunales de trabajo del Estado respectivo.
Precedentes
Competencia 8/59. Suscitada entre la Junta Municipal Permanente de Conciliación de Ciudad Reynosa, Estado de Tamaulipas y la Junta Federal de Conciliación Número Diecinueve de la Ciudad de Monterrey. 6 de octubre de 1959. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota: Esta tesis también aparece como relacionada con jurisprudencia 39, Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Novena Parte, página 64.