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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258495
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXVII, Primera Parte; Pág. 164
TRANSPORTES AEREOS. SERVICIOS AUXILIARES. COMPETENCIA EN MATERIA LABORAL.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXVII, Primera Parte; Pág. 164
Si de la escritura constitutiva de la sociedad demandada de desprende que ésta actúa con permiso de ruta de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, y que su objeto es el transporte terrestre de pasajeros y del personal al servicio de una compañía de transportes aéreos, como servicio auxiliar complementario, autónomo e independiente al prestado por la compañía aérea concesionado por la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, dicha sociedad no queda comprendida en caso alguno a los que se refiere el artículo 123, fracción XXXI, de la Constitución, para que sus conflictos laborales sean de competencia federal.
Precedentes
Competencia 125/57. Suscitada entre la Junta de Conciliación y Arbitraje de Acapulco, Estado de Guerrero y la Junta Federal de Conciliación Número 27 de Acapulco, Guerrero. 2 de septiembre de 1959. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.