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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258508
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXVI, Primera Parte; Pág. 134
INCIDENTE DE INEJECUCION DE SENTENCIA, SIN MATERIA.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXVI, Primera Parte; Pág. 134
Si aparece que no se retiene el camión que pretende recuperar el recurrente, en cumplimiento de la sentencia contra la que se enderezó la demanda de amparo y se concedió la protección, sino que el camión se halla, por cuestión de la materia, a disposición de otro Juez de Distrito, como consecuencia del aseguramiento practicado a pedimento del Ministerio Público Federal en un juicio de responsabilidad civil, procede concluir que carece de materia el incidente de inejecución que se promueve, por lo que resulta improcedente.
Precedentes
Incidente de inejecución de sentencia 15/58. Porfirio Anzures Sandoval. 18 de agosto de 1959. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.