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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258517
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXV, Primera Parte; Pág. 107
IMPROCEDENCIA, ESTUDIO DE LA.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXV, Primera Parte; Pág. 107
La Suprema Corte no tiene jurisdicción para estudiar oficiosamente la improcedencia de un juicio cuya sentencia de primera instancia ha quedado firme.
Precedentes
Amparo en revisión 7498/58. Antonio Cobo y Cobo, sucesión de y coagraviados. 21 de julio de 1959. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.