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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258521
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXV, Primera Parte; Pág. 141
MATANZA. LEY DE INGRESOS DE CIUDAD JUAREZ (LEGISLACION DE CHIHUAHUA).
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXV, Primera Parte; Pág. 141
No puede considerarse que la Ley de Ingresos Municipales de Ciudad Juárez, para 1958, en cuanto establece la cuota máxima, sea por sí misma obligatoria, ya que para que la exacción sea exigible se requiere un acto de autoridad que señale la cuota que debe cobrarse, y mientras esa cuota no sea señalada, la ejecución de la ley tampoco debe considerarse inminente para el efecto de que la demanda de amparo contra dicha ley resulte oportuna.
Precedentes
Amparo en revisión 3927/58. Empacadora de Ciudad Juárez, S. A. 21 de julio de 1959. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.