Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/258530
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
258530
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXIV, Primera Parte; Pág. 21

COMPETENCIA EN MATERIA LABORAL.

[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXIV, Primera Parte; Pág. 21

Precedentes

Competencia 71/58. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de San Luis Potosí y la Junta Especial Número Tres de la Federal de Conciliación y Arbitraje. 30 de junio de 1959. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Sexta Epoca, Primera Parte: Volumen XX, página 19. Competencia 160/57. Suscitada entre la Junta Especial Número Siete de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y la Junta Especial Número Nueve de la Federal de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal. 3 de febrero de 1959. Unanimidad de quince votos. Ponente: Arturo Martínez Adame. Volumen XVI, página 18. Competencia 24/58. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, Grupo Especial Número Seis y la Junta Especial Número Nueve de la Federal de Conciliación y Arbitraje. 14 de octubre de 1958. Unanimidad de quince votos. Ponente: Arturo Martínez Adame. Nota: En el Semanario Judicial de la Federación, Volumen XX, página 19, esta tesis aparece bajo el rubro "COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO.", y en el Volumen XVI, página 18, aparece bajo el rubro "COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO. DETERMINACION DE LA.".
Registro digital (IUS): 258530