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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258567
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XVII, Primera Parte; Pág. 9
ALCOHOL, COMPETENCIA EN CASO DE ELABORACION CLANDESTINA DE, EN TABASCO.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XVII, Primera Parte; Pág. 9
El artículo 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su fracción IX, último párrafo, establece que el Congreso de la Unión y las legislaturas de los Estados dictarán, desde luego, leyes encaminadas a combatir el alcoholismo, es decir, concedió facultades concurrentes a la Federación y a los Estados para combatir el vicio de la embriaguez. Como concurren igualdad de facultades de la Federación y del Estado de Tabasco, si para conocer de los hechos delictuosos consistentes en elaborar aguardiente sin la debida licencia, previno un Juez del orden común del Estado de Tabasco, corresponde al fuero de las autoridades locales de esa entidad federativa el conocimiento del proceso respectivo, tanto más cuanto que los artículos 276 y 280 del Código Fiscal de la Federación sancionan el delito de fabricación clandestina de alcohol por razones de carácter fiscal y el Estado de Tabasco ataca esa fabricación por la lucha contra el alcoholismo, teniendo en cuenta la cuestión moral y no el aspecto fiscal.
Precedentes
Competencia 68/53. Suscitada entre el Juez de Primera Instancia del Ramo Penal de Villahermosa, Tabasco y el Juez de Distrito en el Estado de Tabasco. 18 de noviembre de 1958. Mayoría de diez votos. Disidentes: José Rivera Pérez Campos, Rodolfo Chávez, Rafael Matos Escobedo, Alfonso Francisco Ramírez, Arturo Martínez Adame y Angel González de la Vega. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Competencia 50/53. Suscitada entre el Juez de Primera Instancia del Ramo Penal de Villahermosa, Tabasco y el Juez de Distrito en el Estado de Tabasco. 18 de noviembre de 1958. Mayoría de diez votos. 4 de noviembre de 1958. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Sexta Epoca, Primera Parte:
Volumen X, página 9. Competencia 7/54. Suscitada entre Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tabasco y el Juez de Primera Instancia del Ramo Penal de Villahermosa, Tabasco. 8 de abril de 1958. Mayoría de catorce votos. Disidente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.