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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258568
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XVII, Primera Parte; Pág. 15
ALIMENTOS. COMPETENCIA EN CASO DE (LEGISLACIONES DEL DISTRITO FEDERAL Y PUEBLA).
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XVII, Primera Parte; Pág. 15
La esposa que sin culpa suya se vea obligada a vivir separada de su cónyuge, podrá pedir al Juez de su residencia que obligue a su esposo a darle alimentos durante su separación y a que le ministre todos los que haya dejado de darle desde que la abandonó, y en ese caso la competencia debe resolverse en favor del Juez del domicilio de la esposa.
Precedentes
Competencia 19/58. Suscitada entre el Juez Décimo Tercero de lo Civil de la Ciudad de México, Distrito Federal y el Juez Tercero de lo Civil de la Ciudad de Puebla, Puebla. 4 de noviembre de 1958. Mayoría de catorce votos. Disidente: Franco Sodi. Ponente: José Castro Estrada.