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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258627
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen IX, Primera Parte; Pág. 58
MILITARES. COMPETENCIA EN CASO DE DELITOS COMETIDOS POR LOS.
[TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen IX, Primera Parte; Pág. 58
Comprobado que cuando unos militares invadieron un terreno, arrearon ganado para juntarlo y echarlo fuera, rompieron las puertas de la casa habitación del rancho, sustrajeron algunos objetos y dinero en efectivo y detuvieron a una persona, desempeñaban actos del servicio, en el caso se trata de un delito de los citados en el inciso a) de la fracción II del artículo 57 del Código de Justicia Militar, y por consiguiente, la competencia para conocer del mismo debe radicarse en el fuero militar.
Precedentes
Competencia 39/57. Suscitada entre el Juez Militar de la Séptima Región Militar en la Plaza de Mazatlán, Estado de Sinaloa y el Juez Primero del Ramo Penal del Distrito Judicial de Cájeme, Sonora. 18 de marzo de 1958. Unanimidad de dieciséis votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.