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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258631
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XII, Primera Parte; Pág. 63
COMPETENCIA EN CASO DE CONFLICTOS ENTRE PARTICULARES, SOBRE TERRENOS NACIONALES (ARRENDAMIENTO).
[J]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XII, Primera Parte; Pág. 63
Si en el juicio sólo se demanda la nulidad del contrato de arrendamiento de un terreno, celebrado entre particulares, el hecho de que ese terreno sea estimado como de la propiedad de la nación, no amerita que el conocimiento del mismo corresponda a una autoridad judicial del fuero federal, porque la sentencia que se dicte sólo deberá resolver sobre la validez del contrato, sin afectar el interés propio de la nación, cuyo derecho para incorporarlo a su patrimonio, permanece incólume, si ello llegare a proceder, sin que sea aplicable, por lo mismo, el artículo 7o. de la Ley General de Bienes Nacionales para declarar la competencia de un Juez de Distrito para que conozca del caso.
Precedentes
Competencia 110/57. Suscitada entre el Juez Menor Único de Mazatlán, Sinaloa y el Juez de Distrito de Sinaloa. 4 de febrero de 1958. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Competencia 105/57. Suscitada entre el Juez Menor Único de Mazatlán, Sinaloa y el Juez de Distrito de Sinaloa. 11 de febrero de 1958. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Competencia 115/57. Suscitada entre el Juez Menor Único de Mazatlán, Sinaloa y el Juez de Distrito de Sinaloa. 11 de febrero de 1958. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Competencia 119/57. Suscitada entre el Juez Menor Único de Mazatlán, Sinaloa y el Juez de Distrito de Sinaloa. 4 de marzo de 1958. Unanimidad de quince votos.
Competencia 107/57. Suscitada entre el Juez Menor Único de Mazatlán, Sinaloa y el Juez de Distrito de Sinaloa. 17 de marzo de 1958. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.