Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/258686
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
258686
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVIII, Segunda Parte; Pág. 31

TESTIMONIOS NOTARIALES, VALOR PROBATORIO DE LOS, CUANDO CONTIENEN DECLARACIONES DE PERSONAS.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVIII, Segunda Parte; Pág. 31

Precedentes

Amparo directo 4143/64. Joaquín Sánchez Zamora. 29 de enero de 1965. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen LXXVI, página 43. Amparo directo 1647/63. Productos Balseca, S. A. 24 de octubre de 1963. La publicación no menciona el sentido de la votación. Ponente: Juan José González Bustamante. Nota: En el Volumen LXXVI, página 43, esta tesis aparece bajo el rubro "TESTIMONIO NOTARIAL, VALOR PROBATORIO DEL, CUANDO CONTIENE DECLARACION DE PERSONAS (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).".
Registro digital (IUS): 258686