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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258691
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVII, Segunda Parte; Pág. 19
CHEQUES SIN FONDOS. ENDOSO CANCELADO QUE NO ALTERA LA SITUACION JURIDICA PENAL.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVII, Segunda Parte; Pág. 19
La existencia de un endoso cancelado de fecha posterior a la presentación del cheque para su cobro, en nada altera la situación jurídico penal, si es que está debidamente acreditada la presentación en tiempo y el no pago del cheque por causa imputable al librador dentro de las tres hipótesis que señala la figura delictiva; lo más que puede significar dicho endoso cancelado es que el endosante en un momento determinado decidió no darle curso al endoso, pero la comisión delictiva, siendo anterior, permanece idéntica.
Precedentes
Amparo directo 6429/68. Ricardo Rivera Rivera. 25 de noviembre de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.