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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
258697
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVI, Segunda Parte; Pág. 21

COMPETENCIA CONSTITUCIONAL Y JURISDICCIONAL. DIFERENCIAS.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVI, Segunda Parte; Pág. 21

Precedentes

Amparo directo 1621/66. Marco Antonio Almada Beltrán. 17 de octubre de 1968. Mayoría de tres votos. Disidentes: Manuel Rivera Silva y Mario G. Rebolledo Fernández. La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo directo 9241/64. J. Isabel Palos Olmos. 16 de octubre de 1968. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 258697