Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/258708
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
258708
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXV, Segunda Parte; Pág. 37

HOMICIDIO. SUBSUME AL DELITO DE LESIONES.

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXV, Segunda Parte; Pág. 37

Precedentes

Amparo directo 8265/67. Víctor Pérez García. 26 de septiembre de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen XXIV, página 67. Amparo directo 6735/56. José Rosales y coagraviado. 9 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez. Nota: En el Volumen XXIV, página 67, esta tesis aparece bajo el rubro "HOMICIDIO Y LESIONES.".
Registro digital (IUS): 258708