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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258708
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXV, Segunda Parte; Pág. 37
HOMICIDIO. SUBSUME AL DELITO DE LESIONES.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXV, Segunda Parte; Pág. 37
Al sancionar por dos delitos, lesiones y homicidio (habiéndose cometido únicamente uno), hay una recalificación de la conducta, si las lesiones son el medio que origina el delito más grave. En las condiciones apuntadas, no es posible, sin violación de garantías, considerar que hay dos delitos, pues, indudablemente, el de homicidio subsume al de lesiones.
Precedentes
Amparo directo 8265/67. Víctor Pérez García. 26 de septiembre de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández.
Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen XXIV, página 67. Amparo directo 6735/56. José Rosales y coagraviado. 9 de junio de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez Sánchez.
Nota: En el Volumen XXIV, página 67, esta tesis aparece bajo el rubro "HOMICIDIO Y LESIONES.".