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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258719
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXIV, Segunda Parte; Pág. 25
CHEQUES, FALTA DE AVISO DE IMPAGO A LOS SIGNATARIOS DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXIV, Segunda Parte; Pág. 25
Para la configuración del delito previsto en el artículo 193 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, la ley no requiere que se de aviso de la falta de pago a todos los signatarios de los cheques, por lo que ello no afecta en nada la comprobación del delito ni la consiguiente responsabilidad.
Precedentes
Amparo directo 9318/67. Rodrigo Madero Garza. 30 de agosto de 1968. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.