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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258740
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXIII, Segunda Parte; Pág. 33
TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO, COMPETENCIA DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXIII, Segunda Parte; Pág. 33
Solamente cuando la sentencia se funde exclusivamente en la confesión del reo, se surte la competencia de los Tribunales Colegiados de Circuito, pero no cuando la sentencia se apoya en otros elementos de prueba.
Precedentes
Amparo directo 9189/67. Agustín Sánchez Fernández. 10 de julio de 1968. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.