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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
258743
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Segunda Parte; Pág. 13

DAÑO EN PROPIEDAD AJENA POR IMPRUDENCIA. FALTA DE QUERELLA. CONSECUENCIA LEGAL (LEGISLACION DEL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES).

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Segunda Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo directo 8127/67. José Trejo Garnica. 17 de junio de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen LIII, página 24. Amparo directo 5014/61. Lázaro López Palacios. 27 de noviembre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega. Nota: En el Volumen LIII, página 24, esta tesis aparece bajo el rubro "DAÑO EN PROPIEDAD AJENA, FALTA DE QUERELLA (CONSECUENCIA LEGAL).".
Registro digital (IUS): 258743