Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/258745
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258745
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Segunda Parte; Pág. 15
FRAUDE. INEXISTENCIA DEL DELITO DE, POR EL INCUMPLIMIENTO DE PAGO POR SERVICIOS DADOS EN UN AUTOMOVIL DE ALQUILER (LEGISLACION DEL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES).
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Segunda Parte; Pág. 15
El no pagar el servicio prestado por un automóvil de alquiler, no encuadra en el fraude específico previsto por la fracción IV del artículo 386 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales, ya que el citado artículo se refiere a establecimientos comerciales y el servicio que prestan los choferes de autos de alquiler no se suministra en un establecimiento comercial.
Precedentes
Amparo directo 5247/64. Jesús Alejandro Ortíz Rojas. 7 de junio de 1968. La publicación no menciona el sentido de la votación. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen CV, página 69. Amparo directo 5902/64. Leonardo Zúñiga Blancas. 14 de marzo de 1966. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Luis Gutiérrez y Gutiérrez.
Nota: En el Volumen CV, página 69, esta tesis aparece bajo el rubro "FRAUDE. INEXISTENCIA DEL DELITO DE, POR EL INCUMPLIMIENTO DE PAGO POR SERVICIOS DADOS EN UN COCHE DE ALQUILER.".