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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
258753
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Segunda Parte; Pág. 31

ARMA PROHIBIDA, DELITO DE PORTACION DE (NAVAJAS) (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL).

[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Segunda Parte; Pág. 31

Precedentes

Amparo directo 2459/64. Raúl Sampedro Ferrer. 29 de enero de 1965. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen CIV, página 11. Amparo directo 1030/64. José de Jesús Ríos Mora. 11 de febrero de 1966. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Luis Gutiérrez Gutiérrez. Nota: En el Volumen CIV, página 11, esta tesis aparece bajo el rubro "ARMA PROHIBIDA, DELITO DE PORTACION DE, NAVAJAS.".
Registro digital (IUS): 258753