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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258804
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXVI, Segunda Parte; Pág. 42
MIEDO GRAVE O TEMOR FUNDADO, EXCLUYENTES DE.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXVI, Segunda Parte; Pág. 42
La excluyente de miedo grave o temor fundado, plantea una situación disyuntiva, ya que independiza al miedo del temor, de tal suerte que ambos conceptos no son idénticos. El miedo, de acuerdo con la definición que establece Rivot en su tratado de psicología de los sentimientos, viene a ser la reacción emocional viva y persistente de un mal futuro. El miedo, desde el punto de vista ideológico, puede provenir tanto del interior del sujeto, como del exterior del mismo, de percepciones y de ilusiones. Sin embargo, su prueba, por ser una situación eminentemente psicológica, solamente podrá ser apreciada por técnicas psicológicas que, previo estudio de la personalidad del sujeto, especiales de sus modalidades de reacción, pudieran determinar si el delito ejecutado por aquél era el resultado de una reacción emotiva de las que se hace mérito. En lo que respecta al temor, éste viene a constituir la prevención por parte del sujeto, de un mal del cual solamente puede liberarse mediante la ejecución; el temor coincide en otras palabras, con la antiguamente denominada vis compulsiva, en la cual la voluntad del sujeto, aunque coaccionada, no pierde su calidad de libre determinación.
Precedentes
Amparo directo 6855/64. Rafael Vicente Solís. 11 de febrero de 1965. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.