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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 258808
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXVI, Segunda Parte; Pág. 67
VAGANCIA.
[TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXVI, Segunda Parte; Pág. 67
No es lícito calificar como vago a quien carece de trabajo por causas que no le son imputables, como por no encontrarlo, pero tal circunstancia debe acreditarse plenamente en el proceso.
Precedentes
Amparo directo 7557/64. César González Monarrez. 11 de febrero de 1965. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.